El nuevo mapa de la competencia electoral 2029
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Las nuevas reformas al Código Electoral sugieren mayor fiscalización, equidad, transparencia y participación, sin embargo el aumento del porcentaje para la libre postulación pone trabas para los aspirantes independientes. Archivos Abiertos extrae los principales puntos de los dos proyectos presentados en la Asamblea Nacional.
Por Grisel Bethancourt | Archivos Abiertos | 1 de septiembre de 2026
El Tribunal Electoral cumplió el plazo. El 31 de agosto, sus tres magistrados, Narciso J. Arellano Moreno, Alfredo Juncá y Luis A. Guerra, comparecieron ante la Asamblea Nacional para presentar dos proyectos por separado. Uno reforma el Código Electoral y el otro modifica los circuitos electorales para la elección de diputados en 2029.
Aunque fueron entregadas el mismo día y forman parte de una reforma común, tendrán trámites legislativos separados.
Las propuestas son el resultado de un año de discusiones en la octava Comisión Nacional de Reformas Electorales, instalada en marzo de 2025. Allí participaron partidos constituidos y en formación, representantes de la libre postulación, organizaciones de la sociedad civil, universidades e instituciones públicas. Su presidente, el magistrado Arellano, informó que 59 artículos fueron aprobados y 46 rechazados en las mesas de trabajo.
El proyecto principal contiene 169 artículos y cambia las condiciones para constituir partidos, competir por la libre postulación, financiar campañas y adjudicar curules en los circuitos plurinominales. También elimina la Comisión que discutió las reformas y deja en su lugar un foro consultivo cuya composición dependerá de la reglamentación del propio Tribunal.
El documento está firmado por Narciso J. Arellano, magistrado presidente del Tribunal Electoral. Ahora deberá pasar por la Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales y luego por el pleno de la Asamblea.
Equidad, transparencia, cuentas y justicia
La exposición de motivos sostiene que la propuesta se apoya en la equidad, la transparencia, la rendición de cuentas y la justicia electoral. También aborda el padrón, las incompatibilidades de los servidores públicos, la inteligencia artificial, el fuero y los procesos electorales.
“Las reglas que determinan quiénes pueden participar, cómo se organizan las candidaturas, de qué manera se financian las campañas, cómo se contabilizan los votos y cómo se resuelven las controversias electorales deben responder a criterios de igualdad, transparencia, seguridad jurídica y proporcionalidad”, señala el documento.
La intención declarada es corregir las asimetrías. La discusión será si las nuevas reglas reducen las ventajas existentes o terminan protegiendo a quienes ya cuentan con organización, recursos y presencia nacional.

El 3 % y la libre postulación
La reforma eleva del 2 % al 3 % de los votos válidos de la última elección el respaldo requerido para constituir un partido. El mismo porcentaje determinará su subsistencia, tomando la elección que resulte más favorable al colectivo.
Aunque el aumento es de un punto porcentual, la exigencia crece 50 %. El Tribunal lo presenta como una forma de reducir la fragmentación y vincular el financiamiento público con organizaciones que tengan una base electoral efectiva.
El 3 % también se aplicará a la libre postulación. Los aspirantes tendrán hasta el 31 de agosto del año anterior a las elecciones para reunir las firmas, pero alcanzar el porcentaje no garantizará aparecer en la papeleta. Solo serán reconocidas las tres nóminas o listas con mayor cantidad de respaldos.

Así, una candidatura puede cumplir el umbral legal y quedar fuera si otras tres reúnen más firmas. La reforma no solo aumenta la cantidad exigida, sino que mantiene un segundo filtro para determinar quiénes podrán competir.
El dinero y la competencia
El artículo 210 propuesto asigna a los partidos el 93 % del financiamiento público preelectoral. De ese monto, el 25 % se repartirá en partes iguales y el 75 % de forma proporcional, según el promedio de votos obtenido por cada colectivo en las elecciones anteriores para presidente, diputados, alcaldes y representantes.
La fórmula combina un reparto igualitario con otro basado en el rendimiento electoral previo. En la práctica, los partidos con mayor caudal de votos volverán a comenzar con ventaja frente a organizaciones pequeñas y candidatos independientes.

El tope privado será de B/.10 millones para presidente y B/.300 mil para diputados de la República y del Parlacen. Para alcaldes y representantes será de B/.5 por elector, con mínimos y máximos según el cargo.
Cada donación deberá acreditar su origen al momento del depósito. Ningún aporte en efectivo de una sola fuente podrá superar B/.1,000 y la suma de todos ellos tendrá como límite el 7 % del tope privado del cargo.
También se prohíben aportes de contratistas y concesionarios del Estado, congregaciones religiosas y personas condenadas por corrupción, narcotráfico o lavado de activos.
Sin embargo, el artículo 232-A permite al Tribunal reglamentar excepciones a la obligación de acreditar el origen de los fondos, por motivos de transparencia y fiscalización, señala el documento.

Cambios en los circuitos plurinominales
En los circuitos plurinominales se mantienen el cociente y el medio cociente, pero los votos utilizados para ganar esas curules deberán descontarse antes de adjudicar los puestos pendientes por resto mayor.
“Únicamente los votos que permanezcan como saldo” podrán utilizarse para repartir las curules restantes, indica el proyecto. La medida busca impedir que un mismo grupo de votos sea utilizado más de una vez y produzca una representación superior a la obtenida en las urnas.
Las listas de libre postulación participarán sin una alianza equivalente que les permita sumar votos entre sí.
La Comisión desaparece
Uno de los cambios institucionales más relevantes es la derogación de la norma que reconoce la Comisión Nacional de Reformas Electorales. Desde 1990, ese espacio reunió a partidos, sociedad civil y otros actores para evaluar las reglas y elaborar propuestas después de cada elección.
El Tribunal argumenta que el mecanismo respondió a “una etapa particular” de la evolución democrática y que fue diseñado para una realidad histórica ya superada.
En su lugar, el artículo 134 reconoce al Foro Ciudadano y de Libre Postulación como “organismo de consulta permanente del Tribunal Electoral, según lo reglamente”. Será convocado durante los procesos de consulta y “cuando lo estime conveniente”.
El articulado no define su composición ni garantiza puestos para organizaciones de la sociedad civil. El Foro será consultivo, dependerá de una reglamentación y será convocado por el Tribunal.
La propuesta afirma que el cambio “no constituye un retroceso”.
El segundo proyecto reorganiza el mapa electoral
La Asamblea Nacional mantendría sus 71 diputados, pero el número de circuitos aumentaría de 39 a 41. Habría 30 circuitos uninominales, que escogerían un diputado cada uno, y 11 circuitos plurinominales, responsables de elegir los otros 41.
Panamá perdería dos curules y pasaría de 25 a 23. San Miguelito bajaría de siete a seis diputados; los circuitos 8-3 y 8-4 perderían una curul cada uno, mientras Panamá Este aumentaría de cuatro a cinco. Esas dos curules se trasladarían a Panamá Oeste, que pasaría de ocho a diez diputados. Arraiján aumentaría de tres a cuatro y La Chorrera también pasaría de tres a cuatro.
En Bocas del Toro y Chiriquí no se eliminan diputados. Lo que se propone es dividir circuitos que actualmente eligen dos representantes para convertirlos en circuitos uninominales separados. Es decir, cada nuevo circuito escogería su propio diputado.
La Asamblea Nacional tendrá ahora la última palabra. Antes, será necesario confrontar el proyecto con los acuerdos y las actas de la Comisión, tras las advertencias de dirigentes políticos consultados sobre posibles diferencias a lo que aprobaron.
Foto de Portada, Tribunal Electoral.
Archivos Abiertos en una segunda entrega, buscará las opiniones de consultores y líderes de partidos.




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