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Acuerdos de pena funcionan como una comida rápida

  • Foto del escritor: Grisel Bethancourt
    Grisel Bethancourt
  • 22 dic 2022
  • 5 Min. de lectura


Mientras los jueces del Sistema Penal Acusatorio se enfrentan cada día a los vaivenes de la interinidad, familiares y víctimas cuestionan sus decisiones y sienten que la justicia muchas veces no toca a sus puertas. Se logran acuerdos de pena como si se tratara de restaurantes de comida rápida.


Por Grisel Del Carmen Bethancourt Cuesta

ESPECIAL PARA LA PRENSA EN COLABORACIÓN CON ARCHIVOS ABIERTOS

Segunda Entrega


Panamá fue de los países que más retrasó la transformación del sistema penal hacia la nueva versión del Sistema Penal Acusatorio, que ya hay en casi todos los países de América Latina. Su diseño se hizo superando las debilidades y falencias de los países que ya tenían más de 10 años de administrar justicia penal, destacó Carlos Lee, abogado y miembro del Pacto de Estado por la Justicia.


Sin embargo, aunque sea un modelo bueno, no basta con tener una ley buena, sino que hace falta voluntad política para que dé resultados, argumentó. En Panamá, desde la implementación del SPA, los gobiernos no han tenido la disposición de apoyar con los recursos económicos necesarios, como está propuesto en el diseño, enfatizó.


Pero Lee no se quedó en la crítica y fue más allá. Junto a Juan Carlos Araúz, presidente del Colegio Nacional de Abogados, interpuso una demanda ante la Corte Suprema de Justicia para que se declararan inconstitucionales los artículos 7 y 8 de los renglones que establecen el presupuesto del Órgano Judicial y del Ministerio Público, dado que la propia Constitución les otorga independencia para el adecuado cumplimiento de sus funciones constitucionales.


En febrero de 2022, la Corte declaró la inconstitucionalidad de dichos artículos, por lo que el Órgano Judicial mantiene la potestad de su presupuesto para cada vigencia fiscal.


Desliz o injerencia


Pero el Órgano Judicial no solo ha vivido los embates a su presupuesto, sino también a su independencia. Las recientes críticas públicas contra jueces del SPA por el ministro de Seguridad Pública, Juan Manuel Pino, puso en entredicho la separación que debe existir entre los poderes del Estado.


El funcionario cuestionó públicamente al sistema luego de que una juez otorgara detención domiciliaria a un ciudadano que supuestamente agredió a un motorizado (lince). Pino no dudó en decir: “Tengo una fiel confianza con la presidenta de la Corte Suprema de Justicia que las cosas van a cambiar (…) Yo lo he dicho anteriormente, de muchos casos donde la Policía aprehende y los jueces desapreheden (…) son cosas que van a cambiar, hay un proceso que se está llevando a cabo”.


Él sabrá por qué lo dice. En enero de 2022, el ministro de Seguridad Pública se reunió con la nueva presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López. Según explicó el Órgano Judicial, intercambiaron opiniones de diversos temas de interés para la Administración de Justicia.


“Que se respete la independencia judicial y se les permita a los jueces resolver de acuerdo con las circunstancias de cada caso concreto”, solicitó enérgicamente el Colegio Nacional de Abogados, al considerar este acto como injerencia del Ejecutivo en la justicia penal.


Por su parte, el exministro de seguridad pública, Rodolfo Aguilera, les recordó a los policías que no está dentro de sus funciones criticar ni dictar las políticas públicas del Estado ni de otros órganos.


Lo cierto es que el Órgano Judicial, en los once años de implementación del SPA, ha concedido como medida cautelar de detención domiciliaria solo el 2.88 por ciento del total de 62,820 medidas distintas a la detención previsional.





Acuerdos de pena, una comida rápida


Ante la crisis que vive el SPA, se está usando la figura del acuerdo de pena de manera constante para descongestionar el sistema. Eso es un error, según el docente Carlos Lee.


Otros van más allá. El jurista Miguel Ángel Rodríguez, experto en SPA, calificó esta práctica como la “macdonalización” en el proceso penal, es decir, es como un servicio de comida rápida.


Hasta el mes de agosto, solo en el primer distrito judicial (Panamá, Darién, Colón, Panamá Oeste y comarcas) se han validado más de 534 acuerdos de pena, solicitados por el Ministerio Público ante el juez de Garantías luego de llegar a un consenso con el victimario.


Mientras Lee sostiene que si hay la certeza clara del hecho punible, al Ministerio Público no le debe interesar el acuerdo de pena porque puede probar lo investigado, Rodríguez enfatiza en que hay diferentes estudios que cuestionan la rapidez de los ofrecimientos del Ministerio Público para obtener un acuerdo de esta índole.


Es más, para Lee no hay que perder de vista que la intervención de la víctima es fundamental por las afectaciones causadas.


En los últimos 11 años, se han registrado 27 mil 578 acuerdos de pena en todo el país bajo el Sistema Penal Acusatorio.




Actualmente, se evalúa el anteproyecto de ley 77 que modifica el artículo 220 del Código de Procedimiento Penal, con la finalidad de excluir a los agresores sexuales de este tipo de acuerdos.


Ni defensa ni garantía


En ocasiones, los supuestos victimarios se convierten en víctimas del sistema, como le ocurrió a “Carlos”, en ese entonces de 20 años. Él aceptó un acuerdo de pena de 4 años por porte de ilegal de arma. La propuesta la hizo la fiscalía de Investigación, pena que fue sustituida por trabajo comunitario en una entidad.


A solo cinco meses del cumplimiento de la medida, fue llevado a una audiencia debido a que la entidad donde laboraba fue cerrada. Sorpresivamente, la defensora pública designada no le ofreció alternativa como tampoco apelaría ante la juez.


Carlos se vio indefenso y, ante el hecho, la juez le concedió una prórroga de 72 horas. Tuvo que cambiar su defensor, quien consiguió dónde culminar el trabajo comunitario. La defensora pública cerró todas las puertas, pese al llamado enérgico de la juez.



Acuerdos de pena son como una comida rápida


Demandas no se hacen esperar


Bajo el Sistema Penal Acusatorio, también hay personas que fueron investigadas y señaladas, pero cuyo proceso culminó con una absolución. En el ínterin, vivieron una pesadilla.


Una de ellas es Katherine Cuesta. Hace cinco años, durante el funeral de su hijo, la policía se apostó en los predios de la iglesia para dar seguimiento y vigilancia a su esposo por una investigación antidroga y lavado de dinero, denominada “El Gallero”


Dos días después, se realizó un allanamiento simultáneo, por parte de la Fiscalía, en conjunto con la Policía. Las dos hijas de Cuesta, menores de edad, fueron llevadas del lugar a la Policía de Menores. Cuesta, como esposa, aún no tenía cargos en su contra.


La defensa interpuso un hábeas corpus que declaró ilegal una orden de aprehensión emitida por la Fiscalía Antidrogas. “Finalmente, me declararon no culpable”, añadió.


Sus hijas quedaron afectadas y su salud muy comprometida, informó.


Cuesta presentó una demanda ante la Sala Tercera de la Corte, por los perjuicios causados durante el proceso.


Se salvó de cumplir 50 años


En 2020, se registró un hecho sin precedentes: la Policía Nacional entregó a la Fiscalía de Homicidios a un joven capturado en la provincia de Colón como el presunto vinculado al asesinato de siete víctimas de la llamada “Masacre del Búnker”.


Se trataba de Miguel Almanza, oriundo de El Achiote de Tagua, en la Costa Abajo, un lugar muy alejado de Valle Verde, donde fue capturado el supuesto sospechoso.


El joven Miguel Almanza. Foto Cortesía.


El defensor de Almanza, José Antonio Moncada, probó la inocencia de su cliente porque los tiempos no eran cónsonos con los hechos.


De acuerdo con Moncada, la sección de Homicidios del Ministerio Público de Colón, desestimó el escrito del que inicialmente fue el defensor público de Almanza, que señalaba que el retrato hablado que se había realizado no coincidía con la fotografía del supuesto victimario. Ante un tribunal, Moncada desacreditó la teoría de la Fiscalía y Almanza fue dejado en libertad, si bien, también interpuso una demanda ante la Sala Tercera de la Corte.


Monstruo de dos cabezas


Mientras tanto, la justicia, después de once años, sigue funcionando con dos sistemas: El Penal Acusatorio y el Inquisitivo Mixto. Este último no puede ser indefinido porque el país no puede tener a estas alturas una justicia paralela, declaró José Abel Almengor, exmagistrado de la Corte.


¿Cuál es la solución? Según los juristas entrevistados, es la implementación urgente de los concursos para el nombramiento permanente de los jueces a fin de que los operadores de justicia actúen en derecho, con una real independencia.



*Foto de portada Tomado del organojudicial.com.pa


 
 
 

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